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viernes, 19 de enero de 2018

SANTURANTIKUY O “KAUSAY ONQOY”

SANTURANTIKUY O “KAUSAY ONQOY”
Resistencia Espiritual Andina como Derecho Fundamental
Por: Wilfredo Chau[1]

Introducción
Siempre he dicho que nuestros ancestros nos conducen por el gran camino en el espacio hacia el centro Qosqo; el sentido de ser. En esta nueva oportunidad el “punto de encuentro” fue para realizar actividades en favor de los derechos de los pueblos originarios andinos, mujer andina y el derecho del runa simi frente a otras lenguas extranjeras.

En esta ocasión fue grato ser escoltado por dos hermanas de pueblos originarios Guaraní-Mocoví de Argentina y Pasto de Colombia con las cuales compartimos experiencias de lucha para posteriormente urdir estrategias de afirmación en Abya Yala. 
La hermana colombiana dejó el Cusco el 23 de diciembre, partiendo muy apenada por no poder asistir al Santurantikuy. Preocupada ella encargo a mi persona tomar fotos de esta afamada feria para que así pueda conocer en fotos la estructura ferial, objetos y demás actividades desarrolladas el 24 de diciembre. Esta positiva motivación me impulso a elaborar este artículo de reflexión y revisión de tema. 

Esta feria tradicional se encuentra bajo la organización y supervisión de la Empresa Municipal de Festejos del Cusco EMUFEC y cuenta con el apoyo gubernamental de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo (DIRCETUR) Cusco y Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco del Ministerio de Cultura. Además del soporte de instituciones privadas ligadas al arte como el Instituto de Arte Nativo, la Escuela de Música Leandro Alviña, Universidad Diego Quispe Tito, la Escuela Mendivil de Cusco. De la misma manera el Instituto Americano de Arte Cusco coadyuvo a fines del siglo pasado hasta el 2015 para que esta feria no desaparezca.


Santurantikuy 2017
Cada 24 de diciembre desde el siglo XVI según la historiografía, se ha venido realizando en la Plaza Mayor del Cusco “Huacaypata” el encuentro de comerciantes locales quechuas y aymaras venidos desde el Qollasuyu.

Los artistas desde el siglo XX a la fecha venden todo tipo de trabajos elaborados en base a arcilla, madera, metal, telares andinos y todo aquello que pueda ser utilizado para hacer una obra de arte a pequeña o gran escala donde resalta la imaginería[2]. Santurantikuy significa 'Venta de Santos' en su traducción aproximada al español donde confluye el intercambio de saberes y conocimientos entre artistas andinos. El 22 de setiembre del 2009 la Tradicional Feria del Santurantikuy fue proclamado Patrimonio Cultural de la Nación, en tanto se trata de una manifestación cultural que une a los diversos estratos sociales y étnicos de la sociedad cusqueña, y por tanto es una muestra del estado de la producción cultural popular, la misma que contribuye significativamente a la afirmación de la identidad regional y nacional[3].
Fuente: http://www.cuscofestividades.info
Este 2017 el espacio albergó a mil feriantes siendo solo un artista premiado con la medalla otorgada por EMUFEC con el objetivo de motivar la producción creativa del artista.

Extirpación de Idolatrías en el Mundo Andino

Han pasado 526 años de la llegada europea de órdenes religiosas de misioneros (dominicos 1532, mercedarios 1532, franciscanos 1535, agustinos 1551, jesuitas 1569) que representaban a la iglesia católica, cual misión era evangelizar y civilizar al natural originario habitante del establecido nuevo virreinato del Perú.

Esta misión religiosa en la región andina tuvo mayor agresividad instalando iglesias, conventos y monasterios estratégicamente en lugares sagrados huacas, wamanis, apus, illimanis y otros más; prueba de ello es la existencia de la huaca sagrada Wanka en el Urqu San Cristóbal donde se construyó una de las primeras capillas del Perú denominado Capilla de Copón en el año 1550 aproximadamente. Frente a esta capilla se levanta una cruz de piedra conocida como Cruz de Juzgamiento, y una gran picota donde recibían castigos inhumanos los naturales originarios que se resistían a abandonar sus creencias y prácticas ancestrales. Otro ejemplo fáctico cruel fue la instauración del Tribunal del Santo Oficio (1570) en el virreinato del Cusco. Mucho más cruel fue la campaña de extirpación de idolatrías del siglo XVII, dividido en tres etapas: la llevada a cabo por Francisco de Ávila entre 1609 y 1619 (Tratado de los Evangelios de Ávila); la de Gonzalo de Ocampo entre 1625 y 1626; y la última realizada por el Arzobispo Pedro de Villagómez entre 1641 y 1671 (Carta Pastoral de Exhortación e Instrucción contra las idolatrías de los Indios de Villagómez). Estos importantes personajes planificaron la forma de acabar con las prácticas espirituales andinas “la extirpación de idolatrías”, para esto fungían como doctrineros, sermoneros, visitadores de idolatrías, y finalmente destructores de lo inmaterial y material del culto ancestral milenario andino.
Fuente: www.memoriachilena.cl Biblioteca Nacional de Chile
Resistencia Religiosa Andina
El mundo de la iglesia católica con su constructo dogmático aprobaba diferentes formas de adoración y veneración como la latría, la dulía y la hiperdulía. Esto cultos eran permitidos por encontrarse registrados en las santas escrituras. Mientras que en el mundo espiritual ancestral andino las prácticas de veneración eran catalogadas por los católicos como actos idolátricos, esto por venerar espacios naturales, cuerpos astronómicos, objetos físico naturales, elementos naturales, muertos, momias, subsuelo y otros más ajenos al dios de los cristianos, esto era fundamento parcializado para ser denunciado como herejía; además extendida para la magia y hechicería por la conexión directa con la naturaleza de parte de los: yatiri, altomisayoq, laya, dyijy yuusá, machi, tex´wala quienes tenían como única misión limpiar el cuerpo, armonizar energías, curar o sanar con la medicina natural gracias al conocimiento ancestral del uso y aprovechamiento de la naturaleza en favor de los enfermos de las comunidades o resguardos de indios.

El maquiavélico plan católico de extirpación de idolatrías andinas fue la causa que originó muchos movimientos andinistas o movimientos indianistas mesiánicos como efecto de resistencia religiosa y cultural, los cuales rechazaban a los españoles y todo lo relacionado al sistema de dominación militar, cultural, político, religioso.

Como respuesta a la extirpación de idolatrías podemos mencionar algunos de los grandes movimientos de resistencia más estudiados por las ciencias sociales tales como: el Taki Onkoy (1565), el Moro Onkoy (1590), el Inkarri (1572), Yanahuara (1596), etc.
© Wi Cha
“Kausay Onqoy” - Cusco 2017
Si bien es cierto el Santurantikuy, dícese, de parte de los cronistas occidentales, se originó debido al sincretismo religioso desde el siglo XVI en adelante por motivo de navidad todos los 24 de diciembre con el objetivo mercantil de “venta de santos” niño manuelito (niño dios), altares, arcones, figurillas de barro, etc. permaneciendo a través del tiempo para llegar al año 2017. Se puede denotar que la feria aún se encuentra vigente con la misma finalidad comercial, más ahora fortalecido gracias al gobierno local y EMUFEC.

Pero, mientras que en la parte central de Huacaypata existe una gran feria de espíritu católico-navideño, en la parte externa del perímetro de la plaza y sobre todo en las esquinas de calles aledañas se muestra otro panorama digno de análisis desde la antropología cultural con espíritu de derechos.

En la parte externa y perímetro de la plaza se puede encontrar a más de mil comuneros originarias indígenas (pueblo Ka´nas, Que´ros, Quechua,) apostados en los suelos con sus bultos y mantas, quienes han viajado desde sus territorios ancestrales por motivos totalmente ajenos al espíritu navideño y de fiesta católica. El motivo colectivo de la presencia es para vender hierbas, pastos, gramas secas diversas, semillas y otras riquezas que provee nuestra Pachamama en sus comunidades; otro motivo es el realizar trueques[4], otro motivo más es el poder conseguir alimentos o comida para la familia. Otro motivo de menor interés es recibir alguna clase de donación de parte de los visitantes aprovechando la alta concurrencia a la afamada feria; sin embargo este último motivo se encuentra en permanente discusión comunal debido a que muchos de los comuneros mayores no están de acuerdo en recibir donaciones, mientras otra parte de comuneros más jóvenes están en mejor predisposición al respecto.

A todo esto es importante resaltar que existe a la fecha un movimiento pasivo de resistencia espiritual andina activo “Kausay Onqoy” o “Onqosqa Nuna” que se refleja en las calles aledañas y perímetro de la plaza central de Cusco, la cual conceptualiza a mi semblanza una clase de resistencia espiritual pacífica impalpable ante los ojos de la sociedad cusqueña aculturada y demás visitantes.

Esto debido a que las actitudes y conductas de los centenares de hermanos originarios indígenas postrados sobre el suelo horas antes y después de la medianoche (noche buena) expresan total abstracción del mundo occidental, totalmente ajenos del mundo católico, desasosiego por la falta de paz en las huacas, falta de paz en las cochas y pakarinas, falta de paz a la Pachamama, y más aún por la falta de paz a nuestra espiritualidad andina.
    
© Wi Cha
© Wi Cha





© Wi Cha
© Wi Cha
Discusión
Siempre he pensado que la psicología comunitaria con enfoque cultural tiene mucho que aportar desde las ciencias occidentales para explicar al mundo occidental y mestizo cuales son las causas del problema de vulneración de derechos a las practicas espirituales del mundo andino, para así elaborar un estudio y obtener algunas respuestas sobre el gran daño psicológico, psiquiátrico, moral y espiritual que ha causado este perverso plan de extirpación de idolatrías en contra de nuestras deidades naturales, en contra de nuestro derecho fundamental a la libertad de creencias religiosas, libertad de culto y libertad de prácticas espirituales con pertinencia étnica en nuestros propios territorios.

Me pregunto, ¿cuantas personas han tenido la delicadeza de dedicarle aunque sea solo una hora en su vida a leer algún manuscrito o crónica de la pluma de conquistadores o invasores del siglo XV o siglo XVI? Quienes piensan que puedo estar equivocado o atentando contra la confesión de alguna religión hegemónica por la redacción de este artículo, les invito a leer solo par de páginas de “La Extirpacin de la Idolatria del Pirv”, por el padre Pablo José de Arriaga, capitulo II: “que cosas adoran hoy en día los indios y en que consiste su idolatría”, paginas 10, 11, y 12, donde el lector descubrirá de mano de los representantes de la iglesia la apreciación desde el catolicismo acerca del mundo espiritual andino.

Por ahora dejo solo una aproximación de hipótesis del “Kausay Onqoy” o “Onqosqa Nuna” como posible respuesta acerca de la resistencia religiosa andina en Cusco en nuestros tiempos, esto desde la perspectiva antropológica cultural, antropología jurídica; desde la ciencia del derecho y los derechos fundamentales, naturalmente planteada desde los ojos de un descendiente Quechua Chanka.

© Wi Cha
Conclusiones
  • Sapanka Runaq khayna allaukayoq: Ñaraq sapan, hoq runamasinwan huñunasqa, ima munasqanpi qespisqa yuyayniyoq kayman, qespisqa uñiymanpas. Maman pipas munasqanman hina rimasqan qhepa qatiqachasqa kanmanchu hamut’aynin raykupas, iñiynin raykupas.[5]

  • Siempre existió un encuentro de mercaderes y naturales del Tawantinsuyu en el mes de diciembre, debido a que el mundo andino siempre celebraba en Qosqo – Ollantaytambo, Pisac, Sacsayhuaman – aproximadamente del 20 al 24 de diciembre el Qhapaq Raymi, importante ceremonia vinculada con el solsticio de verano en el calendario agrícola andino. Lo que desbaratara que el Santurantikuy se originó exclusivamente por causas de adoración al nacimiento de dios.
  • Sembrar la duda indígena a manera de concertación pacífica con los naturales originarios acerca de la preexistencia de otras formas de veneración, tipificando como ilícita el culto a la naturaleza. Sembrando como hierva las verdades fundamentales de la fe católica y en su aplicación moral para convertirlos en civilizados, creando un derecho de conquista donde todo estaba permitido como el privar del derecho de lo suyo, peor aún del derecho de preexistencia a la memoria ancestral andina.
  • EMUFEC desde 1987 se ha enfocado en difundir con mayor énfasis las Fiestas Jubilares[6] (Semana Santa, Cruz Velacuy, Corpus Christy, Fiesta de Todos los Santos) que son causantes de un epistemicidio espiritual para el mundo andino. Si consideramos que el mundo andino es plurinacional de origen prehispánico con una gran diversidad étnica cultural, cada una de ellas con sus usos y costumbres particulares, podemos concluir que no hay equidad en relación a la difusión de actividades y celebraciones ancestrales espirituales andinas con respecto a las católicas. Como dato adicional, EMUFEC busca solamente prestar servicios culturales y comercializar los servicios recreacionales y culturales a los usuarios, lo que le da naturaleza institucional de simple ejecutora de la industria cultural.







Bibliografía

*- de Arriaga, P. J. (1621). La Extirpacion de la Idolatria del Pirv; Lima: impresor de libros Gerónymo de Contreras.
*- de Ávila, D. F. (1648). Tratado de los Evangelios que Nuestra Madre Tierra la Iglesia Propone en todo el Año desde la primera dominica de Aduiento, hasta la vltima missa de difuntos, santos de España, y añadidos en el nueuo rezado. Explicase el Euangelio, y se pone vn sermon en cada vno en las lenguas castellana, y general de los indios deste Reyno del Perù, y en ellos donde dà lugar la materia, se refutan los errores de la gentilidad de dichos indios: Tomo Primero. Lima: Imprenta de Pedro de Cabrera.
*- Puig Tarrats, E. (1989). El Sermonario peruano titulado Tratado de los Evangelios, de Francisco de Ávila en Evangelización y teología en América, siglo XVI: 10°Simposio Internacional de Teología, p. 985-1005. Pamplona: Universidad de Navarra.
*- Valencia Becerra, T. A. (2007). Nuevas relaciones, viejas tradiciones en San Blas Impactos del turismo en un barrio tradicional del Cuzco, Capitulo III, ps. 74 - 113. Tesis Para optar el Grado de Magíster Antropología, Pontificia Universidad Católica del Perú, Perú.
*- Castillo, R. A. (2008). Huaquirca: Cuna del Movimiento de Resistencia Religiosa del Moro Onqoy [en: obolog] El Blog de Aronyaqp. Diciembre, 21 de 2008. [consulta en: enero 16 de 2018].http://arony.obolog.es/huaquirca-cuna-movimiento-resistencia-religiosa-moro-onqoy-176170
*- Celestino, O. (1998).  Trasformaciones Religiosas en los Andes Peruanos. II: Evangelizaciones. Gazeta de Antropología, 1998, 14, artículo 05 · [disponible en:] http://hdl.handle.net/10481/7543 [consulta en: enero 15 de 2018].
*- Ortiz, E. J. (1985) Tercer Concilio de Lima: Opción por el Indio, p 223-225. En: Sic.-- Caracas: Centro Gumilla.-- 48, 475.
*-  Ramos Laynes, E. (2012). Resistencia Religiosa Andina “Movimientos mesiánicos o nativistas" [en: blogger] Historia General del Perú. Marzo 11 de 2012. [consulta en: enero 15 de 2018].



[1] Abogado. Indígena abogado. Especialista en derecho de pueblos indígenas. Antropólogo Jurídico. Descendiente de la Nación Originaria Chanka, Pueblo Quechua. Presidente de IRICAS.ORG. Activista por los derechos humanos de pueblos indígenas y promotor del derecho propio originario.
[2] La imaginería es una especialidad del arte de la escultura, dedicada a la representación plástica de temas religiosos, por lo común realista y con finalidad devocional, litúrgica, procesional o catequética. Se vincula a la religión católica debido al carácter icónico de la misma, por lo que la encontramos especialmente en países de cultura católica. En países que han sido conquistador con la anuencia de la iglesia católica.
[4] El trueque se encuentra en decadencia año tras año, esto según testimonio de una abuela mayor que nos brindó unos minutos para conversar acerca del motivo por la cual ella y los demás comuneros estaban en la plaza de Cusco este 2017. 
[5] Perú suyu hatun kamay pirwa, iskay phatmi, tawa.
[6] De Jubileo.- Del latín. jubilaeus, fiesta religiosa, solemnidad judía celebrada cada cincuenta años.

sábado, 10 de agosto de 2013

Día Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo?

A poco más de un mes de la celebración mundial de los gobiernos y de la sociedad occidental del día internacional de pueblos indígenas, IRICAS.ORG ha podido rescatar la siguiente recopilación de sucesos y hechos en video que viven nuestros pueblos hermanos indígenas originarios, por favor tómese el tiempo necesario, por pausas o días, pero revíselo completamente, para que así obtenga sus propias conclusiones y reflexiones, sobre si podemos realmente celebrar el 9 de agosto día internacional de los pueblos indígenas del mundo.
El Día Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo fue establecido por la Asamblea General, el 23 de diciembre de 1994, en su resolución A/RES/49/214  en la que decide que se celebre el 9 de agosto de cada año durante el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo (1995 – 2004). En 2004, la Asamblea proclamó un Segundo Decenio Internacional, del 2005 al 2015, con el tema «Un decenio para la acción y la dignidad».

 

viernes, 26 de agosto de 2011

Constitución Política Peruana 1993 y Pueblos Indigenas

                                                         ¿O la del año 1979?                              
                                                            El Gran Debate

Desde que asumió  el nuevo gobierno el último Julio 2011, la sociedad peruana asumió al mismo tiempo una incertidumbre y preocupación relacionada a lo constitucional; esto de preocupación para un sector de la población 20% de peruanos, sobre lo relacionado al Título III del Régimen Económico de la Constitución del año 1993. No cabe duda de esto por su importancia con respecto al desarrollo comercial y sector empresarial pero hay otros Títulos o Capítulos de igual o mayor importancia para otros sectores poblacionales y regiones de nuestro territorio peruano como es el caso del Capítulo VI de la última constitución.

Por ser de mi interés profesional, con el compromiso de los pueblos ancestrales andinos y amazónicos dedicaré este artículo  al breve análisis sobre la implicancia e importancia de la Constitución del año 1979 en materia y de derecho indígena.

Como primer punto en lo cuantitativo, a través del tiempo deseo dejar saber que la Constitución del 1920 contenía artículos cuales se preocupaban por los pueblos indígenas originarios de nuestro  Perú; posteriormente en la Constitución de 1933 en su capítulo referente a los mismos dedicaba seis (6) artículos a las  comunidades de indígenas. Avanzando en el tiempo en la Constitución del 1979 en su capítulo dedicado  se le sustraería tres (3) artículos quedando solo tres.  Últimamente la Constitución del año 1993 en su Capítulo VI le dedico únicamente dos (2) artículos.


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 A simple cálculo matemático los operadores del derecho, sociedad civil y aparato gubernamental podrán deducir que en los últimos 90 años se les ha restado texto constitucional a este importante grupo de ciudadanos peruanos; por ende el marco constitucional ha mermado riqueza jurídica a nuestros pueblos originarios de una manera alarmante para los defensores de las minorías étnicas parte y miembros de esta nación llamada Perú.

En segundo punto, en lo formal este breve trabajo de revisión de  los textos constitucionales con respeto a los capítulos referidos a comunidades indígenas se puede reconocer que la preocupante constante en estos textos gira en torno a la propiedad de la tierra, siendo reconocida privadas y comunal como por ejemplo de forma asociativa. En consecuencia ya se conceptualiza la propiedad indígena no debiendo olvidar lo “comunal” con respecto a territorios y dentro de ellas se encuentran los recursos naturales. Retrocediendo en el tiempo a inicios de los años 1900 los textos constitucionales promovían la entrega de tierras a los pueblos originarios para los que les favoreciere como iniciativa de fomentar su existencia y permanencia como grupos indios, mientras que en estas últimas décadas se le ha ido expropiando las mismas por el denominado interés público, conveniencia nacional, en situación de abandono, dominio del estado, entre otros conceptos.

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Como tercer punto, en la línea del tiempo todas estas cartas constitucionales específicamente las constituciones de 1920, 1933 y 1979 salvaguarda de alguna manera el habitad de los pueblos indígenas  enunciado que las tierras de las comunidades indígenas campesinas-nativas son inembargables, imprescriptibles e inalienables protegiendo y garantizando esta manera la existencia de nuestros originarios.

Paradójicamente en las primeras constituciones enunciadas previamente, regresando en el tiempo de las Leyes de Indias  “amparaban la propiedad indígena y reconocían su organización” a inicios del siglo XIX se preocupaba por la protección y a la vez el mantener viva como parte del estado a las comunidades de indígenas. De acuerdo a mi opinión la Constitución del 1993 se podría comparar con la Constitución Política de José De La Mar de 1828 cual era desde el punto de vista para nosotros los indígenas una “carta magna” no muy amigable para los originarios; sobre todo en lo concerniente a las tierras comunitarias.

Otro punto con respecto en la actividad laboral, que deseo mencionar es que la Constitución del 93´ en sus artículos referente al Título III Capítulo VI le resta el espíritu propio socio cultural a nuestros pueblos indígenas al mencionar el Art. 88º "Que el estado apoya preferentemente el desarrollo agrario"... Siendo esto un candado constitucional ya que se estaría enmarcando la actividad laboral o trabajo comunal a propios e impropios de variadas comunidades; olvidando que los pueblos indígenas son autónomos en su organización; siendo la labor de la tierra (actividad agraria – desarrollo agrario) una institución social ancestral practicada por los propios “pueblos” comunidades indígenas peruanas desde antes de la existencia de la formación de repúblicas, gobiernos por ende de  una “carta magna”.

Lamentablemente en los capítulos referidos a  pueblos indígenas  se le encuentra como: "DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS" (1979) vs "DEL REGIMEN AGRARIO Y DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS” (1993). En la cual vincula a este último capítulo el Art.60º "El estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa”… dejando traslucir este capítulo que nuestros pueblos indígenas obedecerían a las tendencias ajenas positivas, a los modelos económicos de los países desarrollados, cual menoscaba la esencia de protección manifestada en las primeras constituciones mencionadas inicialmente. Podríamos preguntarnos ¿dónde estaría el desarrollo con libertad? ¿Y el desarrollo con pertinencia cultural? ¿Y el desarrollo sustentable?

Si brevemente hemos revisado las Constituciones con sus respectivos capítulos referentes a los pueblos ancestrales en el texto constitucional, en mi opinión la constitución más adecuada a favor de los pueblos indígenas después de la constitución de 1979, no existe; la más acertada cual nos devuelve el espíritu histórico originario sería la Constitución de 1933 por el simplemente hecho  de usar el Titulo "Comunidades de Indígenas"; y el texto constitucional de 1979 en cuanto a su contenido sustantivo, cuales serían las más concordantes con los instrumentos jurídicos internacionales del derecho internacional de los derechos de los pueblos indígenas de este nuevo siglo.

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Eso no quiere decir que los abogados indígenas, indigenistas, los propios pueblos no estén de acuerdo con los avances, la modernidad económica y jurídica observado en las ciencias sociales económicas y especialmente las ciencias jurídicas y políticas; se hace la mención debido a que la última ley de leyes en su capítulo dedicado a nuestros pueblos se le da un argumento de derecho constitucional económico globalizado.

A simple mención se deja ver que la última Constitución Peruana contiene vicios de segregación, discriminación y exclusión social porque separa  a los pueblos indígenas menoscabando su espíritu propio social  y esencia histórica cultural ancestral con respecto a las mayorías sociales.

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Los ciudadanos peruanos sabemos que tenemos los mismos derechos en igualdad por ende tenemos conciencia que el poder del estado emana del pueblo, además conocemos que toda ciencia no es estática en el tiempo; no siendo excepción las ciencias sociales jurídicas, por ende las autoridades, líderes, representantes, organizaciones, los propios pueblos, y los operadores de justicia y/o de derecho indígenas somos conscientes de que una nueva constitución no sería totalmente negativa en lo que respecta al capítulo referente a los pueblos indígenas. En consecuencia no debería de asomar los fantasmas en contra de una posible asamblea constituyente en estos nuevos tiempos en nuestra américa viva de grupos ancestrales, siendo esto un trabajo más adelante  para los involucrados.

Igualmente me atrevo decir que esta última Constitución  Peruana (1993) es totalmente egoístas con respeto a los pueblos originarios debido a que las demás constituciones en Latinoamérica desde la última década del siglo pasado recogen modernos o nuevos conceptos socios jurídicos en sus textos constitucionales; a excepción de algunas como la chilena.

Por citar algunos instrumentos constitucionales en Abya Yala podemos citar a la Constitución de la República de lo Estados Unidos Mexicanos, La Constitución  de la Republica del Ecuador , La Constitución del Estado Plurinacional de Bolivia , La Constitución de la Republica Colombiana y Guatemalteca  cuales han modificado  o insertado  nuevas terminologías socio jurídicas de importancia tales como: Pluricultural, Etnolingüísticos , Composición Plural , de Derecho Plurinacional Comunitario , Intercultural , , Originario Intercultural , Pueblos Ancestrales , Afro-Latinoamericano ...etc., solo por mencionar algunos en solamente tres constituciones revisadas rápidamente levantando más inquietud intelectual de revisar con mayor detenimiento estos y otros más marcos nacionales constitucionales posteriormente; siendo digno e importante resaltar como involucrado de los derechos de los pueblos indígenas, confiado del derecho constitucional y creyente de la justicia antropológica constitucional a la constitución mexicana la más expresiva y hasta subjetiva objetiva con sus pueblos indios u originarios .

Sin desmerecer los esfuerzos de las constituciones  canadiense,  norteamericana y  de finlandia, es importante resaltar que las constituciones mencionadas párrafo anterior muestran un verdadero compromiso jurídico y social con sus pueblos indígenas debido a que los gobiernos y sus políticos han tomado conciencia del verdadero concepto de historia, identidad, cultura y política latinoamericanista y nacionalista motivo por el cual cuentan con textos constitucionales vanguardistas en este continente con culturas milenarias vivas llamados pueblos indígenas y tribales en el marco jurídico  internacional. 

martes, 21 de junio de 2011

Pueblo Aymara en Lima ¿En protesta por sus derechos colectivos e indígenas?

Dirigente Aymara en Medio de Comunicación

No podemos decir en esta oportunidad que el medio de comunicación ha tomado una postura indiferente con respecto al asilo temporal que pidió el Líder Originario Aymara Walter Aduvíri, quizás con un trasfondo de apuntar a incrementar una sintonía mayor. De todas maneras en general Panamericana Televisión estuvo a la altura de la situación.

Deseo mencionar que el apoyo de los hermanos aymaras quienes se encontraban en los exteriores de canal se mantuvieron firmes en su postura de protesta y a la vez solidarios; igualmente con todas las demás personas que estaban a sus alrededores como periodistas e inclusive los mismos miembros de la policía quienes brindaban protección a las instalaciones de la empresa privada y del orden público; mostrando una vez más esa docilidad de hombres y mujeres  de campo andino - altiplánico recubiertos por una dureza de invisibilidad social y de impotencia comunicacional cultural con respecto a los abusos sobre sus derechos colectivos y derechos como pueblos indígenas originarios aymaras. No pudieron ocultar esa naturalidad del sentido de lo comunal y socialista andino que es fuente de esa formación familiar consuetudinaria el cual ha sido transmitido por sus ancestros de generación en generación no siendo este un elemento matriz o núcleo de las sociedades citadinas, capitalinas u occidentales en su totalidad.

Resource by: willicha ©

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Para los que estuvimos apoyando a los hermanos aymaras en la esquina de la televisión de alguna manera u otra como solidarios y/o como profesionales notaríamos claramente que esta situación es una incomprensión social cultural y jurídica. Una confrontación de derecho positivo contra el derecho indígena, igualmente entre el derecho individual sobre los derechos colectivos, un enfrentamiento entre la autoridad judicial y la autoridad o líder originario. Además un desatino de coordinación entre la administración de justicia estatal en las jurisdicciones indígenas, y finalmente un choque cultural entre lo occidental versus lo andino altiplánico. Todo esto pareciera un diálogo de sordos desgraciadamente por una aptitud política necia y cerrada.

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Desde una postura neutral y con sentido objetivo podría comentar que en esta nueva oportunidad de conflicto se nota una responsabilidad compartida por parte del gobierno central, gobierno regional y las autoridades originarias aymaras. No cabe duda que el concepto de autoridad indígena u originaria este algo lejos a lo conocido ancestralmente e históricamente  ya que en ocasiones se termina atribuyéndoles este título honorifico a los líderes sociales y líderes políticos quienes en circunstancias determinadas hacen de representantes de reclamos por parte de las comunidades  indígenas. Induciendo entonces los medios de comunicación al error con respecto a líder o autoridad originaria fuera de las sociedades enfrentadas en cuestiones socio cultural, que terminan siendo consideradas por el gobierno central un problema social político. Y realmente no estaría muy lejos de serlo, ya que los mecanismos de exigibilidad y reclamo por derechos indígenas lo estarían realizando los líderes originarios o indígenas más no las autoridades originarias o autoridades ancestrales.
Nos tocaría entonces preguntarnos ¿Existen autoridades ancestrales u Originarias en la región andina y altiplánica? ­No olvidemos que en nuestra gran sociedad peruana tenemos también pueblos indígenas en la región amazónica. Donde sí podemos observar una mejor estructura interna indígena o nativa cuales si tienen a sus autoridades e instituciones sociales algo mejor planteada y organizada. Pero si en algunos casos de acuerdo a los análisis antropológicos jurídicos los Apus terminan siendo los líderes políticos o presidentes de organizaciones indígenas, no siendo negativas pero si encuentran algunas presiones políticas y jurídicas por que terminan siendo estos representantes quienes protestan con un respaldo de personería jurídica; ósea de la organización nativa o indígena, siendo esta protesta mucho más que eso ya que se estaría reclamando derecho de grupos sociales, grupo de ciudadanos o de grupo de humanos quienes solo piden que se les respete sus derechos como personas.

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Autoridad Indigena en Colombia
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Regresando a los hermanos de los pueblos aymaras, se ha notado un gran rechazo en la ciudad capital sobre los hechos acaecidos en puno y sobre todo los ataques a las instituciones del estado, bloqueo de carreteras, cierre de frontera al tránsito y comercio, entre otros más. Pero debemos de preocuparnos seriamente ya que no tenemos un claro concepto de la protesta social. Tenemos que trabajar y definir algunas cuestiones como la cultura o diversidad cultural, en este caso la cultura Aymara, el profundizar más sobre la identidad en el Perú y la identidad del Pueblos Aymara, quizás asi podamos encontrar una salida frente a los conflictos sociales.

¿Por qué cuando los problemas se desarrollan en territorios andinos lejanos a las grandes ciudades o capitales los grupos de poder político y económico no le dan la adecuada atención de solución?
Resource by: vozdelapachamama.blogspot.com

Solo para citar dos casos, cuando el terrorismo se esparcía a nivel comunidades en los andes nunca hubo una real preocupación de estudiar el origen del problema social, solo cuando llegaron los coches bombas y atentados contra personas a la ciudad capital; ósea después de casi 15 años de trabajo interno social de los grupos subversivos en los andes; se catalogo al problema una seria amenaza para la población por ende de preocupación del gobierno central. Otro ejemplo en mención, sucedido con los hermanos de los pueblos indígenas en Chiapas en los Estados Unidos Mexicanos. Un levantamiento indígena con respaldo militar que reclamaba sus derechos uno de ellos la ausencia del gobierno federal, pues durante los años 80 se organizaba en los territorios indígenas llegando a ser de interés nacional a partir del año 1994 cuando declara la guerra al gobierno mexicano. En esta situación  participaron directamente los pueblos hermanos indígenas Tzeltal, Tzotzil en su mayoría y muchos otros más con protestas sociales las cuales se realizaban en la zona sur de los estados de México, durante los 80s y 90s no fueron de una adecuada atención por parte del gobierno federal, más bien fue a partir del 2001 cuando el Comité Clandestino Revolucionario Indígena-Comandancia General del Ejército Zapatista de Liberación Nacional liderado por el subcomandante marcos hace pública una carta a México comunicando su marcha desde el Sureste hacia la ciudad de México D.F con la única finalidad de visibilizar y hacer conocer los objetivos del levantamiento Indígena Zapatista. Recién desde el 2001 México mira hacia el sur, mira a Chiapas y sus pueblos indígenas.
Resource by: informaciondechiapasblogspot.com

Resource by: elciudadano.cl

Resource by: desinformemonos.org

Resource by: techtam.wordpress.com

Resource by: losotrosdelaotra.blogsot.com

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De acuerdo a estos dos ejemplos en breve mención podría decir que los gobiernos centrales no atienden los problemas sociales hasta cuando llegan a pisar la capital, antes de eso no hay una verdadera preocupación o compromiso social de atender las demandas de grupos étnicos. El gobierno central saliente solo ha visto modelos de desarrollo sin tomar en cuenta el desarrollo sustentable con pertinencia socio cultural, en este caso del pueblo originario Aymara.

Para terminar la importante herramienta en estos casos son las negociaciones transparentes y sin presiones políticas, aconsejaría  que al crear una mesa de negociación deben de tomarse en cuenta a los actores directos. Desde mi punto de vista serian tres comités de trabajo.

Atendiendo a un criterio más que político económico apostaría por un criterio de ciencias sociales económicas debiendo de ser invitados a mesa los siguientes:
1.-Autoridades ancestrales o indígenas, autoridades de administración de justicia en jurisdicción comunal y guías ancestrales en primera instancia seguida de los líderes indígenas o líderes sociales indígenas y finalmente a los representantes de las organizaciones indígenas existentes en los territorios en conflicto.
2.-La autoridad local, provincial y regional los cuales son parte de la estructura de gobierno occidental como representantes alcaldes, concejales, etc.
3.-Por parte del gobierno central los respectivos representantes del poder ejecutivo responsables y algunos congresistas como representantes del legislativo, siendo quizás los más idóneos los representantes de las regiones en conflictos. Pero ojo en este último punto debieran ser los propios pueblos o comunidades en conflicto los que recomienden que congresistas de su misma región puedan participar de las negociaciones.
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Es muy importante que todas estas actividades de negociación se lleven a cabo en los territorios o regiones en las cuales se desarrollan los conflictos. Debiendo haber una presencia militar casi negativa recurriendo a las fuerzas policiales pero a manera de resguardo en ese sentido seria las autoridades comunales quienes compartan responsabilidad con respecto al orden social, creo que nuestros pueblos y sus autoridades tienen la suficiente capacidad para afrontar y demostrar su ánimo de solución de conflictos en igualdad de oportunidades.
Finalmente puedo decir que los pueblos aymaras marcharon hacia Lima con una misión de buscar visibilizar sus problemas en su región sur, porque no decir en protesta por sus derechos colectivos e indígenas. Creo que tenemos mucho por trabajar para aceptar que somos un país pluricultural y diverso étnicamente.


jueves, 26 de mayo de 2011

Política, Derechos y Cultura

Política, Derechos y Cultura
 ¿Políticas Públicas y Económicas Discriminativas?

Paro Regional de Puno  (25/26  de Mayo 2011)


Una vez más se adiciona un conflicto social a las estadísticas de la Defensoría del Pueblo que es motivo de primera plana de los medios de comunicación en nuestro país. No es la excepción que el escenario de esta contrariedad social se desarrolla nuevamente en nuestra región andina del altiplano en Perú frontera con nuestro histórico hermano país de Bolivia cuyos territorios ancestrales son una herencia real y cultural de los Pueblos Originarios Aymaras.

                                                             (Foto: Dante Piaggio)

Desde la perspectiva del gobierno central la problemática es político-social, en otras palabras a la cercanía de las elecciones presidenciales hay una motivación oculta de ganar algunos votos para llegar al palacio presidencial. Otro concepto que acuña el gobierno central a estas coyunturas son “conflictos socio ambientales” o “conflictos políticos socio ambientales”
Desde mi perspectiva esto es más profundo y ascendentemente grave que lamentablemente los últimos gobiernos democráticos y en especial el de turno saliente no han tomado la suficiente conciencia e importancia a los sucesos “conflictos sociales”

Puedo comentar que la política del actual gobierno en el ejercicio de producir las políticas públicas y económicas cuales se están aplicando tiene claramente una tendencia desde el punto de vista social de exclusión y desde el punto de vista cultural discriminativa. Reflejándose una clara des gobernabilidad y  tenue institucionalidad política en las regiones apartadas de la ciudad costeña capital, quedando claro que en este nuevo milenio aun no se desea comprender el concepto ni entender el importante criterio existente multi-plural que conforma nuestra nación al momento de producir políticas públicas.

Desde la perspectiva de derechos es mucho más grave la situación ya que se están ignorando instrumentos nacionales e internacionales sobre derechos como lo son los derechos humanos, derechos fundamentales, derechos indígenas, derecho internacional de los pueblos indígenas y la constitución política del Perú entre otros marcos legales más nacionales; siguiendo los marcos teóricos como el inexacto monismo jurídico y el intermedio derecho positivo. Si a esto le sumamos la propuesta indígena o indigenista de armonía y orden social como los usos y costumbres, conocimiento consuetudinario o tradicional, derecho consuetudinario, derecho o ley mayor, derecho propio, ley natural y otros sistemas normativos originarios, adicionado otros como cosmovisión amazónica y andina tendríamos como consecuencia un total oscurantismo e ineptitud por parte de los gobernantes y políticos, con respecto a lo que buscan las ciencias de la justicia social.

Si tenemos una diversidad de cultura en nuestra soberanía debemos tomar muy seriamente la relevancia de las ciencias sociales y sus variadas disciplinas cuando se trata de gobernar y más aun cuando se van a producir políticas públicas y económicas cuales tienen como actores indirectos o directos los ciudadanos de las regiones andinas o amazónicas según sea el caso y no desde una criterio globalizado o ajeno citadino, capitalino o simplemente costeño que en vez de afianzar y enriquecer las relaciones pueden tener consecuencias como los desafortunados baguazos, moqueguazos y la lista continuaría llegando a la sumatoria de más de 230 problemas sociales que de promedio nunca han bajado de las dos cientos los últimos años, que estoy seguro la cifra se iría incrementando si no se pone un seriedad a esta situación político social. Pero que desde mi observatorio es mucho peor la situación.

Esta sabido que impedir el tránsito de las personas, tomar y bloquear las vías de comunicación, dañar la propiedad estatal y pública contravienen a la ley quebrantando la paz social para unos mientras que para los actores de estas son medidas de fuerza mayor en las últimas instancias populares, sociales y comunales.

Haciendo el rápido análisis de la coyuntura de los hermanos del altiplano puneño peruano o Aymara peruano debemos de preguntarnos antes de sacar nuestras propias conclusiones o simplemente dejarnos llevar por los medios de comunicación, que en la mayoría no tienen el suficiente tiempo para ahondar en situación de fondo y solo se centran en la forma de los movimientos de protestas por tener la primicia del día. Aclarando que ninguna persona en su sano juicio está de acuerdo ni comulga con los criterios mencionados de romper la paz social mencionada en el párrafo anterior.

Entonces ¿qué está ocurriendo en el fondo con el Pueblo Aymara del altiplano peruano? La respuesta es clara para los que desean ver la verdadera situación no politizada, hay un rechazo a políticas públicas y económicas. ¿Que si está bien o mal? ¿Si es legal o ilegal? Definitivamente desde el análisis a favor del Pueblo Aymara si podría ser compresible por lo siguiente a exponer.

Culturalmente la región andina y altiplano tiene otra realidad histórica pre existente por ende las consecuencias de actualidad, pero no profundizaré en esto debido a que deseo responder las preguntas en cuestión. Lo que estaría ocurriendo es que el pueblo Aymara Puneño toma como punto de partida su diferencia cultural y social aun siendo parte de una nación peruana. Tomando ellos como asidero legal algunos criterios de los derechos humanos y derecho de los pueblos indígenas cuales no han sido tomados en cuenta en la producción de políticas públicas y económicas. Entonces ¿donde está la producción de políticas culturales y económicas?

Regresando a los derechos humanos y derechos indígenas a la anuencia por parte del gobierno de tomar en cuenta estos, los pueblos originarios del territorio nacional tienen tres vías de exigibilidad de cumplimiento y litigio por las vías políticas, jurídicas y sociales. Tomemos en cuenta que la exigibilidad es simplemente un camino como el litigio es una herramienta.

Para abordar a la primera vía, es claro que la política económica aplicada por el gobierno actual no ha tolerado en primeras un real consenso social, sino no existiría el cuadro de reporte estadístico de conflictos sociales y no reflejaría cuantitativamente lo real. Siendo este un instrumento de prueba de que en el campo político no hay una aptitud de comprensión socio cultural. Esto sin contar algunas otras estadísticas o indicadores de suma importancia. En consecuencia esta puerta está cerrada o vía política esta agotada.

En la segunda vía de exigibilidad jurídica de cumplimiento de derechos humanos e indígenas, los organismos con sus operadores de justicia y de derecho no han podido hacer mucho frente a la postura política. En lo jurídico no se da la adecuada importancia a los instrumentos internacionales en derecho de pueblos indígenas por lo que lo ventilado en el poder judicial y otras instancias no define aun el concepto de pluralismo jurídico. En consecuencia esta puerta esta semiabierta o vía jurídica esta aun entumecido.

Tenemos entonces los pueblos indígenas o sociedades con singulares matrices culturales con dos puertas o vías en un casi 80% cerradas donde no se llega a entender y comprender estos elementos sociales de suma importancia. Entonces nos quedamos con la tercera vía, la exigibilidad social de cumplimiento de derechos para obtención de una licencia social especial.

Esta vía de exigibilidad social sería la única manera de poder expresar su desacuerdo y disconformidad de la postura política y fabricación desmedida producción de políticas públicas que realiza el gobierno central, esto es si tomamos en cuenta que la producción de las mismas tiene en el tiempo más de 10 años y en proceso de acumulación. En consecuencia podríamos denotar que es una manifestación de voluntad colectiva con elementos socio cultural de rechazo a políticas de suma relevancia que deben de ser tomados en cuenta a la urgencia posible ya que esta sería una acumulación constante de disensión que en un corto futuro puede conllevar a agravar la gobernabilidad en territorios andinos y amazónicos.

                                                            Foto: (Fuente CPN)

Creo que los sucesos de Puno estos días son actos de exigibilidad de derechos y demandar que no se están considerando la libertad de desarrollo con identidad histórica, cultural y social.

Postulando una analogía, podría decir que si las vías de exigibilidad están cerradas por parte de un gobierno en turno para los Pueblos Aymaras Puneños estos por su parte manifiestan su desacuerdo cerrando igualmente  las vías de comunicación cuales llevan hacia sus localidades u otras, esto sin ánimo de  infringir la ley sino más bien como muestra de que la comunicación no llega por parte de pueblos a gobierno y viceversa. Pudiéndoseles considerar a estas una manifestación o fenómeno cultural forzado.

Finalmente, una vez más deseo denotar que esta clase de problemas sociales llamados por algunos socio jurídicos o socio ambientales, inclusive socio políticos no son en su fondo y esencia asi. Estos son mucho más graves y conforme pase más el tiempo se estaría generando un compuesto social explosivo que en muy corto tiempo podría terminar por dañar a todos en general. En el fondo desde mi observatorio este es un problema socio cultural, político socio cultural y en otros de los casos socio cultural ambiental o simplemente cultural ambiental. Ojo que el problema en nuestro querido Perú no es económico para desarrollo, más bien se debe estudiar, analizar y aprender que el futuro de nuestro país de acuerdo a la historia y ubicación geográfica es mucho más valioso. No se debe de destacar más un modelo económico, sino  es rescatar y valorar un modelo en ese sentido pero con pertinencia cultural cimentado en base a derechos pluriétnicos y multiculturales.

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Paro Regional de Puno  (26 de Mayo 2011)


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