Abstract by: Wilfredo A. Chau w.chau@iricas.org
El boletín informativo del 𝐂𝐨𝐦𝐢𝐭𝐞́
𝐝𝐞
𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨
𝐝𝐞𝐥
𝐀𝐫𝐭𝐞
𝐲
𝐝𝐞𝐥
𝐏𝐚𝐭𝐫𝐢𝐦𝐨𝐧𝐢𝐨
𝐂𝐮𝐥𝐭𝐮𝐫𝐚𝐥
(ACHC) del American Bar Association (ABA)
Este nuevo boletín del periodo verano 2026 presenta tres interesantes temas motivo por el cual se invita al abogado y público interesado de este blog a revisar el contenido para lectura, análisis y estudio.
✅ La primera parte se ocupa de
las piezas de arte apropiadas ilícitamente y saqueadas escenarios de conflicto
internacional. El artículo desarrolla un resumen cronológico detallado sobre la Ley de Recuperación de Arte Expropiado del Holocausto (HEAR), los actores
intervinientes, la redacción de la legislación sucesoria del 2025, y la promulgación de la Ley HEAR de abril 13
del 2026 por Donald Trump.
✅ Como segundo artículo, aborda
un tema vinculado directamente los pueblos indígenas originarios con relación a la protección del conocimiento
milenario conocido en el marco internacional como “conocimiento tradicional” (TK).
Explica cómo el mundo occidental da un paso de desprendimiento de parte de la
Organización Mundial de Propiedad Intelectual WIPO en el área de Recursos
Genéticos Asociados Conocimiento Tradicional (GRATK) de los Pueblos Indígenas y Comunidades
Locales (IPLCs) con la finalidad proteger el rol de los IPLCs en el proceso de
registro de patentes. De esta manera nace el Tratado de Propiedad Intelectual
de los Recursos Genéticos y Asociado a los Conocimientos Tradicionales (2024)
con el objetivo es mejorar la transparencia en la invención, la seguridad jurídica con relación a la
originalidad, aporte novedoso. Este instrumento jurídico internacional es
vinculante con el Tratado de Nagoya (2010) de la cual nace el Convenio sobre la
Diversidad Biológica (CBD) que busca una distribución equitativa de beneficios
de los recursos genéticos con relación al conocimiento tradicional. El articulo
brinda mucho más información a fecha 2025 sobre los retos.
✅ El último artículo, aborda la
decisión del Comité Intergubernamental para la Salvaguarda del Patrimonio
Cultural Inmaterial (20.COM) para 2025-2029 por la UNESCO. Bajo el título
“Patrimonio Cultural Inmaterial y Filantropía” se describe el proceso, consideraciones
técnicas y criterios tomados para la nueva inscripción en la lista
representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad la “comida
italiana” (Decisión 20.COM 7.B.27) y el “canto tirolés” (20.COM 7.B.42)
resaltando el concepto de inscripción: entre sostenibilidad y diversidad
biocultural de la comida italiana. Asimismo, se aborda reseña brevemente la
Convención UNESCO-PCI 2003 como mecanismo de salvaguardia que entró en vigor
2006 y obliga a las partes a cumplir con el tratado internacional.
Wilfredo Chau
Colegio de Abogados de Lima (CAL) – Perú
Miembro ACHC-ABA - Estados Unidos
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